El caso de una mujer de 94 años postrada en cama en Arequipa vuelve a poner sobre la mesa una realidad incómoda: el deber de cuidado hacia los padres también puede terminar en los tribunales.

Mayo 25, 2026 |

Una jueza de Arequipa logró que ocho hijos acuerden el pago de una pensión mensual de S/ 1,715 a favor de su madre, una adulta mayor de 94 años que se encuentra postrada en cama por su avanzada edad y delicado estado de salud. El caso fue resuelto mediante una audiencia de conciliación judicial realizada desde la propia vivienda de la demandante, ubicada en el distrito de Characato.

La magistrada Yenny Condori Fernández, del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Paucarpata, se trasladó hasta el domicilio de la mujer para evitar que su condición de salud se viera afectada por un traslado a la sede judicial. La medida fue adoptada como una forma de garantizar su acceso a la justicia, considerando su alto grado de vulnerabilidad.

Según la información difundida, la pensión será destinada a cubrir gastos de alimentación, salud y cuidados permanentes. Uno de los hijos, quien actualmente se encarga del cuidado de la adulta mayor, será el responsable de cobrar el monto acordado mensualmente.

El proceso de alimentos fue iniciado por la mujer en 2025 junto a su esposo, quien posteriormente falleció. Durante la audiencia virtual de conciliación, la jueza consiguió que los ocho hijos demandados llegaran a un acuerdo para asegurar el sostenimiento económico de su madre.

El punto clave de este caso no está solo en el monto fijado, sino en el mensaje de fondo: el deber familiar no termina cuando los hijos llegan a la adultez. En el Perú, la obligación alimentaria no solo existe de padres a hijos; también puede operar en sentido inverso, cuando los padres se encuentran en situación de necesidad.

El Código Civil reconoce que los alimentos comprenden lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y otras necesidades, según la situación y posibilidades de la familia. Además, establece la obligación recíproca de alimentos entre ascendientes y descendientes.

La lectura de fondo es social y jurídica. Muchos casos de abandono de adultos mayores no siempre llegan a los medios ni a los juzgados, pero existen. Detrás de ellos suele haber enfermedades, dependencia económica, conflictos familiares, cansancio de cuidadores, disputas entre hermanos y una pregunta difícil: ¿quién asume la responsabilidad cuando una madre o un padre ya no puede valerse por sí mismo?

Este caso también muestra una actuación judicial con enfoque humano. La jueza no esperó que la adulta mayor se adapte al sistema; fue el sistema el que se trasladó hacia ella. Esa decisión marca una diferencia importante, porque el acceso a la justicia no puede ser solo formal cuando se trata de personas en condición de vulnerabilidad.

No es la primera vez que el Poder Judicial de Arequipa interviene en un caso similar. La República recordó que en 2023 se ordenó que otra mujer de 94 años recibiera una pensión de S/ 500 de parte de su hijo, tras acreditarse su situación de abandono y pobreza extrema.

La decisión deja una señal clara: cuidar a los padres no es solo un acto moral o afectivo. En determinados casos, también puede convertirse en una obligación legal exigible ante un juez. En una sociedad que envejece y donde muchas familias enfrentan dificultades para sostener cuidados permanentes, estos procesos empiezan a revelar un problema que va más allá de un solo hogar: la urgencia de mirar con mayor seriedad la protección de los adultos mayores.

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