Lima 12 de marzo, 2024 |

Desde el pasado viernes, los conductores que transitan por el peaje Chillón en Puente Piedra han visto cómo se suspendió el cobro de peaje, gracias a un fallo del Tribunal Constitucional (TC) que reconoce el derecho al libre tránsito de los vecinos y usuarios de esa vía.

El TC declaró fundado el habeas corpus colectivo presentado contra Rutas de Lima, la empresa concesionaria, ordenando la suspensión del cobro del peaje.

Pero, ¿hasta cuándo estará en vigor esta medida? Según explicó el magistrado Helder Domínguez, la suspensión seguirá hasta que se implementen rutas alternas adecuadas y razonables para los ciudadanos.

Sin embargo, Domínguez señaló que actualmente las rutas alternativas no están en condiciones adecuadas para el tráfico vehicular, lo que hace que los desplazamientos tomen un tiempo considerable, entre 50 minutos y dos horas. Además, destacó que los residentes de Puente Piedra se ven obligados a atravesar otros distritos para poder circular entre las márgenes de la vía concesionada.

El fallo del TC también ha exhortado al Poder Judicial y al Ministerio Público a resolver con celeridad los procesos penales relacionados con la concesión y sus responsables.

Es importante destacar que el fallo no cuestiona la validez del contrato de concesión, sino que se centra en la afectación al derecho al libre tránsito.

Por otro lado, la empresa Rutas de Lima ha expresado su desacuerdo con la sentencia, considerándola arbitraria y una vulneración de sus derechos contractuales y constitucionales. Argumenta que esta decisión genera inseguridad jurídica para los inversionistas en el país.

Este fallo del TC marca un hito en la protección de los derechos de los ciudadanos y el equilibrio entre los intereses empresariales y el bienestar público en materia de infraestructura vial.

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